Reestructuración Mercantil

Abogados Hernandez, Muñiz & Peña posee vasta experiencia en los mecanismos y procedimientos destinados a proteger a los acreedores ante la dificultad financiera de sus deudores.  Nos especializamos en identificar las oportunidades para prevenir los incumplimientos de pago y lograr la continuidad operativa de las empresas mediante los procedimientos de reestructuración.

Abordamos la práctica de reestructuración mercantil con una visión ética de toda la situación, por lo cual, nuestra participación se efectúa sobre el terreno de los deberes de eficiencia, veracidad, probidad, lealtad y buena fe.

Cualquier solicitud de reestructuración mercantil puede ser realizada ante la existencia u ocurrencia, respecto del deudor, de al menos una de las condiciones que se indican a continuación:

i) Incumplimiento por más de noventa (90) días de al menos una obligación de pago, líquida y exigible, a favor de algún acreedor.
ii) Cuando el pasivo corriente exceda su activo corriente por un periodo mayor de seis (6) meses.
iii) Incumplimiento de pago de impuestos retenidos.
iv) Cuando haya dejado de pagar al menos dos (2) salarios de manera consecutiva a los empleados en las fechas correspondientes.
v) Cuando la administración de la empresa se oculte, o quedare vacante.
vi) Cuando se ordena el cierre de los locales de la empresa.
vii) Cuando un deudor recurre a prácticas dolosas, fraudulentas, asociación de malhechores, abuso de confianza, falsedad, simulación o estafa para incumplir las obligaciones de pago.
viii) Cuando hay suspensión de pagos.
ix) Cuando exista un procedimiento de reestructuración en el extranjero.
x) Cuando existan embargos que afecten el patrimonio total en más del cincuenta por ciento (50%).
xi) Cuando existan sentencias o procesos de ejecución de sentencias que pudieran afectar en más del cincuenta por ciento (50%) el patrimonio total de un deudor.

En todos esos supuestos, hemos tenido experiencias exitosas en las más sensibles reestructuraciones.